- 16/12/2021
- Publicado por: abogadosgarnata
- Categories: Actualidad, Consumidores, Economía, Sentencias
Cómo librarse de las deudas del juego
Se acerca la Navidad. Es una época señalada por uno de sus mayores eventos: la famosa “Lotería de Navidad”. Hemos querido traer a nuestro blog un asunto que es fuente de problemas y preocupaciones para muchas personas, la ludopatía. Es un problema personal y social grave en nuestro país.
Se trata de una adicción que en la actualidad está en crecimiento, con cifras que alcanzan el 20% anual, siendo además un problema que afecta de forma especial a la zona sur de España, como ejemplifica esta noticia sobre la ludopatía juvenil.
Por ello, hemos pensado que es un buen momento para poner nuestro granito de arena y echar una mano a todas esas familias que lo necesiten.
Tenemos para vosotros una buena noticia, las deudas de juego, siempre y cuando se hayan originado por medio de algún tipo de financiación prestada por la propia entidad operadora. Es decir, porque directamente ha prestado dinero al jugador, o bien le ha permitido jugar fiando, o ha realizado cualquier otra forma de financiación de la actividad del jugador, no tienen que abonarse.
Ciertamente, las entidades operadoras de juegos de azar tienen prohibido financiar en modo alguno a los jugadores. Es una medida tomada precisamente para que las personas acaben teniendo problemas relacionados con el juego.
Esta prohibición puede tener efectos sobre la deuda que acarrean las personas con ludopatía. Y exonerarse al deudor por una deuda que le ha sido generada de esta forma.
Como consecuencia de esta prohibición, las deudas originadas de esta manera no pueden ser reclamadas y el jugador debe quedar eximido de su pago.
Si tu o alguno de tus seres queridos se encuentra en esta situación, nuestro equipo de abogados puede ayudarte si haces clic aquí.