- 28/04/2022
- Publicado por: abogadosgarnata
- Categories: Actualidad, Consumidores, Familia, Legislación
¿Cómo reclamo los vicios ocultos de mi coche de segunda mano?
La crisis en el transporte de mercancías ha disparado la compra de vehículos de segunda mano. Y como era esperable, los problemas derivados de la compraventa de los mismos también han crecido. Hoy queremos hablar sobre los vicios ocultos y dar respuesta a la pregunta: ¿Cómo reclamo los vicios ocultos de mi coche de segunda mano? Pero, antes de nada, analicemos qué son los vicios ocultos.
¿Qué son los vicios ocultos?
Hablamos de vicios ocultos cuando hacemos referencia a aquellos defectos graves del vehículo que, salen a la luz con posterioridad a la compra. Tienen que ser defectos graves que, de haberse conocido por el comprador, hubieran supuesto la no realización de la compra o la rebaja sustancial en el precio del vehículo. Son daños que no se aprecian a simple vista y que salen a la luz tras el uso del vehículo por parte del comprador.
Se regulan en el Código Civil en el artículo 1484 y siguientes.
¿Cuál es el plazo para reclamar estos vicios ocultos?
El plazo para reclamar es el de seis meses desde la puesta a disposición del vehículo al comprador. Este plazo se interrumpe por la reclamación de forma fehaciente al vendedor.
¿Qué se puede reclamar?
Hay que distinguir si se ha comprado a un profesional o a un particular. Si la compra es a un particular, tenemos que acudir al Código Civil. Sin embargo, si la compra es a un profesional, podremos aprovecharnos de la protección adicional de la Ley de Consumidores y Usuarios. Y también hay que diferenciar entre dos situaciones concretas: cuando el vendedor era conocedor del daño y cuando el vendedor no era conocedor del daño. Pese a poder reclamarse con indiferencia a si el vendedor conoce o no los daños. Las indemnizaciones por daños y perjuicios sí están condicionadas a este conocimiento.
En todos los casos, será posible adoptar alguna de estas acciones:
- Desistir el contrato, devolviendo el vehículo al vendedor y restableciendo al comprador en el precio.
- Minorar el precio por valor de los daños. Devolviendo al comprador parte del precio pagado para compensar este vicio oculto.
- Sanear el bien. Consiste en reparar el vehículo por parte del vendedor.
¿Qué puedo hacer si me encuentro en esta situación?
En primer lugar, debes dirigir una reclamación extrajudicial al vendedor. Nosotros recomendamos el uso de burofax. Deberás demostrar la aparición de dicho daño posterior a la compra del vehículo, pero derivado del estado al momento de la venta. Suele ser necesario el uso de periciales para resolver las disputas técnicas. Estamos encantados de estar a tu servicio. Puedes ponerte en contacto con nosotros haciendo clic aquí.