¿Cuánto tengo que pagar de pensión de alimentos?

Las pensiones de alimentos suelen generar muchas dudas a nuestros clientes. En concreto hay varios aspectos que queremos destacar en esta publicación. ¿Qué incluye exactamente? ¿Hasta cuándo hay que pagarla? ¿Cómo se actualiza? Os lo comentamos en nuestra publicación de hoy.

¿Qué es una pensión de alimentos? ¿Qué incluye una pensión de alimentos?

La pensión de alimentos en relación con los hijos es una cuantía que entrega el progenitor no custodio para los gastos de manutención de su hijo. Se regula en el artículo 93  y 143 del Código Civil, entre otros. Incluye los gastos ordinarios de sustento, habitación, vestido, educación, instrucción y puede incluir los gastos de embarazo y parto. Se trata de una cuantía anual prorrateada. Una duda habitual es si en el mes de septiembre, cuando los gastos escolares son mayores, hay que subir la cuantía y no es así.

Además existirán los gastos extraordinarios, necesarios o no necesarios, pero de esos ya hemos hablado y volveremos a hablar en nuestro blog. Por otro lado, también existe la obligación de alimentos a los padres y a los hermanos que también hemos comentado.

¿Cómo se establece la cuantía de la pensión de alimentos?

Se puede establecer por mutuo acuerdo de las partes en el convenio regulador en atención a cálculos efectuados por estas o por un abogado experto. También puede decidirlas un juez en sentencia conforme a su valoración personal. Nosotros como abogados expertos en la materia podemos ofrecer consejo a los padres para que establezcan una cantidad adecuada y satisfactoria en función de los ingresos de los progenitores y los gastos de los hijos.

Si necesitas un abogado experto que te oriente puedes contactar con nosotros a través de nuestro enlace de contacto haciendo clic aquí.

¿Cuándo se extingue la pensión de alimentos?

La ley deja abierto ese aspecto hasta que el hijo no disponga de ingresos propios por causas que no le sean imputables. Aquí queremos hacer algunas puntualizaciones. Al cumplir la mayoría de edad, el hijo puede seguir disfrutando de la pensión de alimentos siempre que no tenga unos ingresos regulares que le permitan subsistir por su cuenta.

Sin embargo, es habitual la problemática de los hijos que ni estudian ni trabajan y siguen cobrando dicha pensión. En esos casos, es posible extinguir la pensión por vía judicial.

¿Y si han cambiado mis circunstancias y no puedo hacer frente al pago?

En estos casos, se puede modificar la cuantía de dicha pensión, ya sea de mutuo acuerdo o mediante decisión judicial. En los casos en los que el progenitor que paga la pensión de alimentos entiende que se empeora de forma sostenida su economía es importante acudir pronto al juzgado para solicitar dicha modificación ya que hasta que no sea firme no podrá modificar. Ejemplos de esto puede ser, que tenga un nuevo hijo fuera de la anterior pareja, un despido con paro prolongado, etc.

En Abogados Garnata nos preocupamos por nuestros clientes. Si necesitas ayuda con tus procedimientos de familia, estamos encantados de responder tus dudas haciendo clic aquí.

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