Despedida de Mercadona sin los 50.000 euros que reclamaba

El caso de hoy es interesante por las cantidades que se reclamaban y por la pequeña cantidad por la que se declara el despido como procedente. Os contamos el caso de Estrella, nombre ficticio, que ha tenido bastante repercusión mediática al ser despedida de Mercadona sin indemnización. Ella reclamó 50.000 euros pero se fue sin nada. Os lo contamos en nuestra publicación de hoy.

¿Qué ha pasado? Los hechos probados de la sentencia.

Estrella trabajaba para Mercadona desde el año 2002. Su salario a fecha del despido era de unos 70 euros diarios. El 17 de diciembre de 2024 fue despedida por los siguientes hechos:

“El sábado día 07/12/2024, Vd, estuvo trabajando en el turno de tarde; su coordinador decide realizar a las 22:00h una contrastación de bolsas solicitando que voluntariamente las mostraran. Cuando le tocó su turno, su coordinador en presencia del resto de compañeros del turno pudo comprobar que en el interior de su bolsa llevaba los productos que se recogen en el acta que se adjunta.

Dadas las circunstancias del momento, se redacta acta para dejar constancia de los hechos, acta que firman dos testigos. Tras pedirle explicaciones alega que no aporta ticket, por lo que Vd. no puede acreditar el pago de los mismos. Como Vd. comprenderá hechos como los descritos no pueden ni deben permitirse, por cuanto implican un serio quebrantamiento del principio de la buena fe.”

Los productos en concreto eran un turrón Suchard, tres postres lácteos, una salsa pesto, unos minibiscotes y un lote Nivea hombre. El precio total de venta de esos productos era de 20,60 euros.

La trabajadora manifestó que los había comprado en otro lugar pero que no tenía resguardo de compra de los mismos. Y reclamó el despido como improcedente solicitando más de 50.000 euros de indemnización. La empresa entendía que el despido estaba justificado y no ofreció indemnización.

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La decisión de los Tribunales.

El Juzgado de lo Social nº4 de Zaragoza dio la razón a la trabajadora. Entendió desproporcionada la sanción máxima que es el despido y valoró como el procedimiento de registro por el que le fueron descubiertos los bienes era abusivo. De esta forma condenó a Mercadona a readmitir a la trabajadora y pagarle los salarios de tramitación, o a indemnizarla con 50.659,20 euros.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón revocó esta sentencia. En su Sentencia que os traemos entiende que la sanción es proporcionada, que no se vulneró la intimidad de la trabajadora, y que, por todo ello, el despido es procedente.

Las claves del caso

En el presente asunto, la trabajadora alegó su presunción de inocencia, que el descubrimiento de los productos se había producido mediante un acto de vulneración de su intimidad. Sin embargo para el Tribunal, se producen los siguientes elementos que le encaminan a adoptar la decisión de despido:

  • La trabajadora nunca justificó el origen de los productos. Ni en el momento de la requisa, ni con posterioridad.
  • Los trabajadores de Mercadona tienen prohibido comprar en su tiempo de trabajo y cuando lo hacen en su tiempo de descanso tienen que conservar siempre su resguardo de compra.
  • El convenio de empresa de Mercadona considera falta muy grave con posibilidad de despido el hurto de productos por cualquier valor, tanto a la empresa como a los compañeros.
  • El registro que descubrió el hallazgo era un procedimiento rutinario y proporcional para proteger el patrimonio de la mercantil. Siendo proporcional, discreto y ajustado al objetivo que se persigue.
  • No hay elementos para pensar que el registro estaba dirigido a una trabajadora en concreto. Se hizo con todos los trabajadores que terminaban el turno a esa hora.
  • Es jurisprudencia que el despido disciplinario no dependa del importe de lo sustraído sino que se haga por la traición a la falta de confianza de la empresa.

En este caso entendemos que, pese a haberse defendido muy bien a la trabajadora, argumentando todo lo posible la situación, los hechos pesan y por eso el Tribunal ha adoptado esa decisión.

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