- 03/06/2024
- Publicado por: abogadosgarnata
- Categories: Actualidad, Legislación, Noticias, Sentencias
¿Es válido un pantallazo de WhatsApp como prueba en un juicio?
Los pantallazos de las conversaciones de WhatsApp cada vez se usan con más frecuencia en los procedimientos judiciales. Sin embargo, no siempre son aceptados. Os damos las claves en nuestro artículo fundamentado en la jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto. Conocer esta jurisprudencia es clave para la correcta resolución de los procedimientos judiciales
¿Qué es y qué no es un documento?
El concepto de documento se utiliza en los tribunales como un escrito que contiene elementos fundamentales de prueba. Este concepto se ha ampliado permitiendo que los correos electrónicos también puedan ser aportados como documental. ¿Pero y los SMS o capturas de conversaciones a través de aplicaciones de mensajería? Aquí es distinto.
¿Y los SMS y las capturas de pantalla?
En principio, el artículo 382 de la LEC permite aportar imágenes, sonidos o vídeos. Estos serán valorados conforme a la regla de la sana crítica. Sin embargo, también se establecen limitaciones para estos casos, la principal es que debe estar transcrito aquello que queramos usar en un juicio. Igualmente se deberán aportar informes periciales sobre dicha grabación o fotografía en caso de considerarse interesante por la parte.
Las capturas de pantalla presentan un problema, y es que pueden manipularse. Os contamos cómo presentarlas adecuadamente como prueba.
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Aportar pantallazos como prueba
Se pueden aportar simplemente como imágenes al procedimiento judicial. Lamentablemente no siempre es admitida como prueba. ¿Por qué? Porque habitualmente se impugnan de contrario. Para evitar estos casos se pueden realizar dos alternativas:
- Por un lado, podemos solicitar el cotejo por parte del letrado de la administración de justicia. Comparará que lo que se aporta se corresponde con el mensaje original.
- Por otro lado, se puede realizar un informe pericial sobre dichas imágenes que acredite la autenticidad de los mensajes.
- Finalmente, podemos recurrir a la notaría para que protocolice dichas imágenes. De esta forma obtendremos un acta notarial con el contenido de lo capturado.
¿Cuál es mejor o peor para el juzgado?
Los tres métodos pueden ser válidos. Sin embargo presentan sus problemas. El cotejo judicial, que es gratuito, muchas veces no se realiza por el letrado de la administración de justicia. Por otra parte, tanto las periciales como las protocolizaciones suelen ser caras, requieren tiempo para que se realicen y, a veces, es difícil encontrar notarios que las realicen.
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