La protección de datos en casos de dopaje.

La protección de los datos personales avanza en su blindaje. Las nuevas leyes sobre la protección de datos blindan cada vez más la protección de los datos personales de las personas. Sin embargo, en otras situaciones, son los propios tribunales los que amplían mediante su jurisprudencia esta protección. Hoy os comentamos la interpretación que ha hecho el Tribunal Supremo sobre los datos relativos a dopaje.

¿Qué protección tienen los datos personales?

En España, al igual que en el resto de los países de la Unión Europea existe una Agencia Española de Protección de Datos. Estos organismos tienen como objetivo el cumplimiento de la normativa de protección de datos así como la imposición de sanciones.

El nivel de protección de los datos es alto. Sin embargo se establecen diferentes categorías de los datos:

  • Nivel Básico: Corresponde a los datos tales como nombre, DNI, dirección. Estos datos tienen un nivel moderado de protección.
  • Nivel  Extremadamente Sensibles: Son datos más íntimos, de carácter personal, se incluyen datos biométricos, orientación sexual, racial, religión, afiliación política, genéticos.

¿Qué ha hecho el Alto Tribunal?

En esta Sentencia el Tribunal Supremo equipara las muestras médicas obtenidas para los controles antidopaje con documentación médica. De esta forma, los traslada al máximo nivel de protección.

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¿Cómo lo ha hecho?

Al equiparar las muestras de los deportistas con las muestras médicas, la información pasa a gozar del máximo grado de protección. Se trata de datos especialmente sensibles.

¿Qué implicaciones puede tener esto en el futuro?

Las sanciones por incumplimientos en la protección de datos son contundentes. Además, se calculan teniendo en cuenta la capacidad económica del infractor. De esta forma, si se trata de grandes empresas, nos encontramos con sanciones millonarias. La escala es la siguiente:

  • Sanción por infracciones leves: Hasta 40.000 euros.
  • Sanción por infracciones graves: de 40.001 euros a 300.000 euros.
  • Sanción por infracciones muy graves: de 300.001 euros a 20 millones de euros o el 4% volumen de facturación anual (se elige lo más alto).

En Abogados Garnata nos preocupamos por nuestros clientes. Si necesitas ayuda por un procedimiento de protección de datos, estamos encantados de responder tus dudas haciendo clic aquí.

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