Pillan dormido en su coche a un vigilante de seguridad y no pueden despedirlo

La noticia que os comentamos hoy es sorprendente. Pillan plácidamente dormido en su coche a un vigilante de seguridad, pero la Justicia no admite el despido como disciplinario. La clave está en la prueba. La prueba en los procedimientos judiciales es fundamental. En algunos casos, hasta más importante que tener razón. Os contamos el caso de Eusebio, el vigilante de seguridad que no fue despedido por quedarse dormido en su coche.

Los hechos probados.  

Eusebio ha trabajado para Viriato Seguridad SL desde el 2 de octubre de 2019, con un sueldo de 1.123,48 euros prorrateados, prestando sus servicios en un centro comercial de Lorca (Murcia). El 15 de noviembre de 2021 recibió una carta de despido disciplinario con efectos inmediatos.

Qué alegó la empresa:  

La empresa aportó un vídeo grabado por “un superior” de Eusebio en el que supuestamente se le veía el 15 de noviembre de 2021 a las 6.30 de la mañana durmiendo en su Dacia Sandero con matrícula PNB. Se encontraba con la calefacción encendida y recostado usando una almohada de viaje según la narración de la empresa.

Estos hechos, en principio son suficientes para acreditar un despido disciplinario del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, en este caso, la el Juzgado de lo Social nº6 de Murcia, entendió que no era suficiente para acreditar los hechos. Decisión que ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Murcia en la Sentencia que hoy os traemos.

¿Por qué no ha acreditado suficientemente el despido disciplinario?

La decisión se ha fundamentado en los siguientes hechos:

  • El vídeo no cuenta con fecha ni hora.
  • Tampoco puede determinarse que la persona recostada sea Eusebio.
  • La empresa tampoco llevó al trabajador que supuestamente grabó el vídeo al juicio.

Estos motivos son suficientes para los magistrados para considerar que la prueba no vulnera la presunción de inocencia del trabajador, cuando la carga de la prueba correspondía a la empresa. Por lo que considera improcedente el despido.

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La importancia de la prueba en los procesos judiciales. 

La prueba es fundamental en el procedimiento judicial, pues brinda evidencia objetiva para respaldar los argumentos. Sin pruebas, las decisiones judiciales podrían basarse en meras suposiciones o conjeturas. Las pruebas permiten establecer la veracidad de los hechos y garantizan la imparcialidad del sistema de justicia. La calidad y validez de las pruebas determinan la credibilidad de los testimonios y la solidez de las sentencias. La prueba es la base para proteger los derechos de las personas y alcanzar la justicia equitativa.

En Abogados Garnata intentamos aportar siempre la prueba necesaria para alcanzar el éxito en nuestros procedimientos judiciales. En este caso, hemos visto que la falta de prueba, o la deficiencia en las mismas, supone calificar el despido de Eusebio como improcedente, condenando a la empresa a readmitir al trabajador o a indemnizarle con 2.640,95 euros por despido improcedente.

Puedes leer la Sentencia completa en este enlace. Si te queda alguna duda concreta, estaremos  encantados de darle respuesta. En Abogados Garnata sabemos que los asuntos laborales son importantes para nuestros clientes.

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