- 11/12/2025
- Publicado por: abogadosgarnata
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Requisitos Ley Segunda Oportunidad 2026
El número de casos de aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad es cada vez mayor. En algunos casos arrastran situaciones desde 2008, en otros son negocios que salieron mal, otro tipo de gente necesitó hacerse cargo de deudas que no puede financiar en la actualidad y cuyos intereses les ahogan.
Pero, ¿Cuáles son los requisitos para aplicar la Ley de Segunda Oportunidad en 2026? ¿Cómo lo hago? En nuestra publicación de hoy te contamos cómo gestionamos este asunto que cada vez se nos presenta en más ocasiones.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
En resumen, la Ley de Segunda Oportunidad permite a personas endeudadas renegociar o cancelar deudas insostenibles. Nos ofrece un proceso legal para reorganizar pagos según la capacidad económica real del deudor.Puede incluir acuerdos extrajudiciales o procedimientos concursales para aliviar la carga financiera.
Y lo más importanes que que tras cumplir requisitos, el juez puede conceder la exoneración total o parcial de deudas.
Su objetivo es que el deudor pueda empezar de nuevo sin lastrar su vida económica futura. Da aire al deudor para poder seguir con su vida.
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¿Cuáles son los requisitos?
La persona solicitante debe ser una persona física residente en España y encontrarse en situación de insolvencia real o inminente, es decir, que no pueda pagar sus deudas con sus ingresos o activos actuales.
Debe tener deudas con al menos dos acreedores distintos y que el total de tus deudas no supere aproximadamente 5 millones de euros. Se exige que actúe de buena fe, lo que implica no ocultar bienes o ingresos y colaborar con el procedimiento legal; también debes no haber ocultado información ni incurrido en prácticas fraudulentas.
No puedes tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos, contra Hacienda, la Seguridad Social o falsedad documental en los últimos 10 años, así como no haber tenido sanciones administrativas graves recientes que impidan tu solicitud y no haberla solicitado en los 5 años anteriores.
¿Qué deudas son exonerables?
Dentro de las deudas que puedes exonerar encontramos las siguientes:
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Deudas bancarias: préstamos personales, tarjetas de crédito, créditos rápidos, líneas de crédito.
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Deudas con proveedores (en el caso de autónomos).
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Deudas con particulares: familiares, amigos o prestamistas privados.
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Hipotecas: La deuda remanente sí puede exonerarse si ya se ha ejecutado la vivienda y aún queda dinero pendiente.
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Avales personales: en muchos casos también pueden quedar exonerados.
¿Qué deudas no lo son exonerables?
Dentro de las deudas que no entran dentro del ámbito de aplicación de esta ley encontramos algunas como las deudas por pensiones de alimentos, las de responsabilidad civil derivada de daños personales (por ejemplo, indemnizaciones por lesiones o accidentes de tráfico), las multas y sanciones penales. Y por último las deudas con Hacienda y Seguridad Social, aunque estas sí pueden exonerarse parcialmente, hasta unos límites establecidos.
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