Despido procedente por tener otro trabajo

Hoy os contamos el caso de Marta. Se trata de un despido procedente confirmado por los tribunales. Marta fue despedida por trabajar para otra empresa del mismo ámbito funcional (peluquería/estética). Ella apeló el despido alegando que se había producido vulneración de sus derechos fundamentales, pues el despido se produjo por una disputa en torno a las vacaciones. Sin embargo, los tribunales han descartado su reclamación. La preparación del despido correcta por parte de la empresa ha sido determinante para el éxito de sus pretensiones.

Los hechos según la empresaria

La propietaria del centro de estética recibió comentarios de que su empleada estaba trabajando en otro centro de trabajo. A consecuencia de esto, encarga un informe realizado por detectives que confirme o desmientan esta situación. El informe se realiza en base a seis días de seguimiento. Durante los mismos, se comprobó que acudía a otro centro de trabajo, abriendo y cerrando con llaves, atendiendo el teléfono y realizando tratamientos. En base a esto, se elabora una carta de despido disciplinario del artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Cuál es la versión de la trabajadora?

No estando conforme con este despido, Marta recurrió el despido. Utilizó los argumentos enfocados a la nulidad del despido por vulneración de derechos fundamentales. Según su versión, el despido fue un acto de represalia del empleador por haber discutido en relación a las horas de trabajo así como sobre las vacaciones.

De haber sido estimadas sus pretensiones, las consecuencias para la empresa hubieran sido muy caras. La trabajadora debe readmitirse a su puesto, pagar los salarios de tramitación, las cotizaciones con recargo, la indemnización por vulneración de derechos fundamentales… Es por esto, que es necesario planificar adecuadamente los despidos disciplinarios y realizar una carta de despido justificada.

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Las sentencias

El Juzgado de lo Social nº2 de Logroño dio por buenos los argumentos de la empresa. En concreto, desestimaron la disputa por las horas y las vacaciones porque esta se produjo con posterioridad al inicio de las actuaciones de la empresa de detectives. Por otra parte, asume la gravedad de la sanción derivada de trabajar para otro centro de trabajo del mismo sector sin conocimiento ni autorización del empresario.

La trabajadora recurrió ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja que dictó esta sentencia de fecha 26 de julio de 2023. En la misma, la sala confirma los argumentos del juzgado desestimando las pretensiones de Marta.

¿Qué aprendizaje podemos extraer de este caso?

En Derecho Laboral no es suficiente con tener justificación legal para despedir o sancionar al trabajador, es necesario actuar conforme a una serie de formalismos que permitirán garantizar los derechos del trabajador. Si se hace de forma correcta, como lo ha hecho la peluquería en este caso, se podrá imponer la sanción adecuada y finalizar la relación laboral como en este caso.

Desde Abogados Garnata sabemos la importancia de los detalles a la hora de despedir a un trabajador. No es un momento agradable para el empresario y un error puede costarle mucho dinero.  Si te queda alguna duda concreta, estaremos encantados de darle respuesta. En Abogados Garnata sabemos que los asuntos laborales son importantes para nuestros clientes.

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